Al margen un
sello con el
Escudo Nacional,
que dice:
Estados Unidos
Mexicanos.-
Secretaría de
Hacienda y
Crédito Público.
ACUERDO que
modifica el
diverso por
el que se
establece la
circunscripción
territorial
de las
unidades
administrativas
regionales
del Servicio
de
Administración
Tributaria
publicado en
el Diario
Oficial de
la
Federación
el 21 de
mayo de
2008.
ARTICULO
UNICO.-
Se
REFORMAN
los
Artículos
Primero,
fracción
XXIV, primer
párrafo y
Segundo,
fracciones
VI, segundo
párrafo,
XXXIII,
segundo
párrafo y
XXXVIII,
segundo
párrafo, y
se
ADICIONA
el Artículo
Segundo,
fracción XI
con un
segundo
párrafo, del
ACUERDO por
el que se
establece la
circunscripción
territorial
de las
unidades
administrativas
regionales
del Servicio
de
Administración
Tributaria
publicado en
el Diario
Oficial de
la
Federación
el 21 de
mayo de
2008, para
quedar como
sigue:
"Artículo
Primero.
.................................................................................................................
I. a la
XXIII.
...........................................................................................................................
XXIV.
ADMINISTRACION
LOCAL DE
GUADALAJARA
SUR: Los
municipios
de Acatic,
Arandas,
Atotonilco
el Alto,
Ayotlán,
Cañadas de
Obregón,
Capilla de
Guadalupe,
Chapala,
Cuquío,
Degollado,
El Salto,
Encarnación
de Díaz,
Ixtlahuacán
de los
Membrillos,
Jalostotitlán,
Jamay, Jesús
María,
Juanacatlán,
La Barca,
Lagos de
Moreno,
Mexticacán,
Ocotlán,
Ojuelos de
Jalisco,
Poncitlán,
San Diego de
Alejandría,
San Ignacio
Cerro Gordo,
San Juan de
los Lagos,
San Julián,
San Miguel
el Alto,
Teocaltiche,
Tepatitlán
de Morelos,
Tlaquepaque,
Tonalá,
Tototlán,
Unión de San
Antonio,
Valle de
Guadalupe,
Villa
Hidalgo,
Yahualica de
González
Gallo,
Zapotlán del
Rey y
Zapotlanejo,
en el Estado
de Jalisco,
así como en
el Municipio
de
Guadalajara
el
territorio
delimitado
por el
perímetro
siguiente:
..........................................................................................................................................
XXV. a la
LXVI.
.....................................................................................................................
Artículo
Segundo.
.................................................................................................................
I. a la V.
...............................................................................................................................
VI.
......................................................................................................................................
Dependen de
esta Aduana,
las
secciones
aduaneras de
San José del
Cabo y la de
Cabo San
Lucas, ambas
ubicadas en
el Municipio
de Los
Cabos; la de
Santa
Rosalía, en
el Municipio
de Mulegé;
la de
Loreto, en
el Municipio
del mismo
nombre, la
de Los
Olivos y la
de
Pichilingüe,
ambas
ubicadas en
el Municipio
de La Paz,
todos en el
Estado de
Baja
California
Sur.
VII. a la X.............................................................................................................................
XI.
......................................................................................................................................
Depende de
esta Aduana,
la Sección
Aduanera de
Tecomán, en
el Municipio
de Tecomán,
en el Estado
de Colima.
XII. a la
XXXII........................................................................................................................
XXXIII..................................................................................................................................
Dependen de
esta Aduana
las
Secciones
Aduaneras
del
Aeropuerto
Internacional
General
Ignacio
Pesqueira
Garcia, la
de Parque
Industrial
Dynatech,
ambas en la
Ciudad de
Hermosillo,
la de Ciudad
Obregón
adyacente al
Aeropuerto
de Ciudad
Obregón, en
el Municipio
de Cajeme,
todos en el
Estado de
Sonora.
XXXIV. a la
XXXVII.................................................................................................................
XXXVIII................................................................................................................................
Dependen de
esta Aduana,
las
secciones
aduaneras
del
Aeropuerto
Internacional
C.P.A.
Carlos
Rovirosa
Pérez,
ubicado en
la ciudad de
Villahermosa
en el
Municipio de
Centro, la
de "El
Ceibo" en el
Municipio de
Tenosique y
la de
Frontera, en
el Municipio
de Centla,
todos en el
Estado de
Tabasco."
Artículo
Primero.
El presente
Acuerdo
entrará en
vigor el día
siguiente al
de su
publicación
en el Diario
Oficial de
la
Federación.
Artículo Segundo.
Se dejan sin
efectos
todas las
disposiciones
administrativas
que se
opongan al
presente
ordenamiento.
Atentamente
México,
D.F., a 28
de octubre
de 2009.- El
Jefe del
Servicio de
Administración
Tributaria,
Alfredo
Gutiérrez
Ortiz Mena.-
Rúbrica.