Al margen un
logotipo, que dice: Instituto Mexicano del Seguro
Social.- Secretaría General.- Oficio 09-9001-030000/.
El H. Consejo Técnico, en la sesión ordinaria celebrada
el 30 de septiembre del presente año, dictó el ACDO.AS2.HCT.300909/194.P.DIR,
en los siguientes términos:
“Este Consejo Técnico, con fundamento en los artículos
15-A, quinto párrafo, 251, fracciones IV, VIII y XXXVII,
263 y 264, fracciones III, XIV y XVII, de la Ley del
Seguro Social; 57 de la Ley Federal de las Entidades
Paraestatales; Segundo Transitorio del Decreto por el
que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la
Ley del Seguro Social, publicado en el Diario Oficial de
la Federación el 9 de julio de 2009; y 31, fracciones II
y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del
Seguro Social; de conformidad con el planteamiento
presentado por la Dirección General, por conducto de la
Dirección de Incorporación y Recaudación, mediante
oficio 256 del 29 de septiembre de 2009; y oficio 542
del 22 de septiembre de 2009, suscrito por el Titular de
la Dirección Jurídica, así como la resolución tomada por
el Comité del mismo nombre, en reunión celebrada el 29
del mes y años citados, Acuerda: Primero.-
Aprobar las REGLAS GENERALES PARA EL CUMPLIMIENTO DE
LA OBLIGACION ESTABLECIDA EN EL QUINTO PARRAFO DEL
ARTICULO 15-A, DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL.
SEGUNDO.- Instruir a la Dirección Jurídica a efecto
de que proceda al trámite de publicación en el Diario
Oficial de la Federación, del presente Acuerdo, así como
de las reglas generales que se aprueban. Tercero.-
El presente Acuerdo, así como las Reglas Generales a que
se refiere el punto Primero del mismo, entrarán en vigor
el día de su publicación en el Diario Oficial de la
Federación”.
Atentamente
México, D.F., a 1 de octubre de 2009.- El Secretario
General, Juan Moisés Calleja García.-
Rúbrica.
REGLAS GENERALES PARA EL
CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACION ESTABLECIDA EN EL QUINTO
PARRAFO DEL ARTICULO 15-A, DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL,
APROBADAS POR EL H. CONSEJO TECNICO DEL INSTITUTO
MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, MEDIANTE ACUERDO No. ACDO.
AS2.HCT.300909/194.P.DIR.
1. GLOSARIO DE TERMINOS
Para los efectos de las presentes Reglas
Generales, serán aplicables las definiciones
establecidas en el artículo 5 A, de la Ley del Seguro
Social, así como las siguientes:
I. Beneficiario de los servicios o
trabajos: Persona física o moral que recibe los
servicios o trabajos acordados en el contrato
respectivo.
II. Certificado Digital: Todo mensaje de
datos u otro registro que confirme el vínculo entre un
Firmante y los datos de creación de Firma Electrónica.
III. Clave de Identificación Electrónica de
Beneficiario: Es la clave de acceso y autenticación
requerida por el sistema electrónico del Instituto al
beneficiario de los servicios o trabajos, asociada a su
Registro Federal de Contribuyentes, utilizada para
identificarlo en relación con la transmisión de datos e
indicar que el mismo aprueba el mensaje de datos
consistente en la información generada, enviada,
recibida o archivada por medios electrónicos, ópticos o
cualquier otra tecnología.
La información presentada en esta forma y la
Clave de Identificación Electrónica de Beneficiario,
producirán los efectos legales señalados en el artículo
286 L de la Ley.
IV. Decreto: Decreto por el que se
reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley
del Seguro Social, publicado en el Diario Oficial de la
Federación, el 9 de julio de 2009.
V. Número Patronal de Identificación
Electrónica: Es la clave de acceso y autenticación
requerida por los sistemas electrónicos del Instituto a
los patrones o sujetos obligados, asociada a un registro
patronal y certificado digital.
VI. Sistema de Identificación Electrónica de
Beneficiario: La aplicación informática e
infraestructura de cómputo destinada y utilizada por el
Instituto para la ejecución de sus procesos de
administración, control y gestión de claves de
identificación electrónica de beneficiarios y uso de la
misma.
2. AMBITO DE APLICACION
Las presentes Reglas Generales serán aplicadas
dentro de la circunscripción territorial de las
delegaciones y subdelegaciones del Instituto, en
términos de lo señalado en el artículo 155 del
Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro
Social.
3. SUJETOS DE APLICACION
Son sujetos de aplicación de las presentes Reglas
Generales:
I. Los patrones o sujetos obligados,
cualquiera que sea su personalidad jurídica o su
naturaleza económica que, en virtud de un contrato,
cualquiera que sea su forma o denominación, como parte
de las obligaciones contraídas, pongan a disposición
trabajadores u otros sujetos de aseguramiento para que
ejecuten los servicios o trabajos acordados bajo la
dirección del beneficiario de los mismos, en las
instalaciones que éste determine, y
II. Los beneficiarios de los trabajos
ejecutados o servicios prestados.
4. PRESENTACION DE LA INFORMACION
4.1 Las personas físicas o morales obligadas a
presentar al Instituto la información a que se refiere
el quinto párrafo del artículo 15-A de la Ley, deberán
utilizar para tal efecto el formato “Información de los
contratos a que se refiere el quinto párrafo del
artículo 15-A de la Ley del Seguro Social (PS-1)” (ANEXO
1), anotando en el mismo los datos conducentes.
4.2 El plazo señalado en el quinto párrafo del
artículo 15-A de la Ley, se computará en días hábiles
conforme a lo establecido en el artículo 12 del Código
Fiscal de la Federación.
4.3 Para los efectos de lo previsto en la
fracción II, del quinto párrafo del artículo 15-A de la
Ley, se entenderá por:
● “Personal operativo”. Trabajadores que realizan
actividades de producción de bienes o de prestación de
servicios contratados, requieran o no de contar con
conocimientos técnicos o especializados.
● “Personal administrativo”. Trabajadores que
realizan actividades de apoyo para la realización de los
servicios o trabajos contratados, relacionados con la
adquisición, control y suministro de insumos y la
administración de recursos.
● “Personal profesional”. Trabajadores que realizan
actividades que para su desempeño requieren cédula de
ejercicio con efectos de patente, experiencia
profesional equivalente o certificación de competencia.
4.4 Para los efectos previstos en el artículo
15-A de la Ley y en el artículo segundo transitorio del
Decreto, se entenderá por:
● “Dirección”. Facultad de mando sobre los
trabajadores, con respecto a la realización de los
servicios o trabajos contratados.
● “Supervisión”. Verificación o validación de las
actividades acorde a los servicios prestados o a los
trabajos realizados.
● “Capacitación”. Proporcionar al trabajador
conocimientos específicos que lo habiliten para realizar
el servicio o trabajo contratado.
4.5 Cuando el patrón o sujeto obligado, o el
beneficiario de los servicios o trabajos, no se
encuentren en el supuesto establecido en el séptimo
párrafo del artículo 15-A, de la Ley, deberán presentar
la información respectiva en la subdelegación que
corresponda a su registro patronal.
4.6 Cuando el beneficiario de los servicios o
trabajos no cuente con registro patronal, deberá
presentar la información respectiva en la subdelegación
que corresponda a su domicilio fiscal.
4.7 En caso de que exista novación de contrato,
tanto el patrón o sujeto obligado, como el beneficiario
de los servicios o trabajos deberán proporcionar la
información del mismo conforme a lo previsto en la Ley y
las presentes Reglas Generales.
4.8 Para efectos de lo dispuesto en el numeral
anterior, se considera que existe novación de contrato,
cuando las partes en él interesadas lo alteran
sustancialmente al sustituir obligaciones tales como: el
objeto; periodo de vigencia; lugar de ejecución de los
trabajos o de prestación de los servicios; perfiles,
puestos, categorías o el número estimado mensual de
trabajadores u otros sujetos de aseguramiento que se
pondrán a disposición del beneficiario de los servicios
o trabajos contratados.
4.9 La información a que se refieren estas
Reglas Generales podrá presentarse en cualquiera de las
formas siguientes:
I. A través de Internet:
a) Patrones, sujetos obligados o
beneficiarios, mediante el portal del Sistema IMSS desde
su Empresa (IDSE), identificándose con su número
patronal de identificación electrónica (NPIE) y
certificado digital.
b) Beneficiarios de los servicios o trabajos,
mediante el portal del IMSS, identificándose con su
clave de identificación electrónica de beneficiario,
cuando carezcan de registro patronal. La clave la podrán
obtener de acuerdo a lo establecido en el numeral 5.
II. En formato pre-llenado en el portal IMSS,
impreso en la subdelegación correspondiente conforme a
lo señalado en las reglas 4.11, 4.12 y 4.13.
4.10 Para toda entrega de información que
se realice por el patrón o sujeto obligado y por el
beneficiario de los servicios o trabajos, a través de
Internet, se emitirá y almacenará un acuse de recibo,
que contendrá la fecha y hora de su recepción y un sello
digital. Dicho acuse de recibo servirá como medio de
prueba para acreditar la operación realizada.
4.11 El formato deberá ser pre-llenado
mediante el portal del IMSS. Para tal efecto, en dicho
portal estará a disposición del interesado un vínculo de
acceso que le mostrará en pantalla el formato
”Información de los contratos a que se refiere el quinto
párrafo del artículo 15-A de la Ley del Seguro Social
(PS-1)”, a fin de que proporcione los datos requeridos
en el mismo y, una vez concluido su llenado, el
Instituto le otorgará un folio para que acuda el patrón
o sujeto obligado, o el beneficiario de los servicios o
trabajos, o en su caso, el representante legal, a la
subdelegación que le indique el sistema, dentro de los
diez días hábiles posteriores al en que efectuó el
pre-llenado, para que firme autógrafamente en dos tantos
el formato impreso en la subdelegación correspondiente y
se le entregue un tanto como acuse de recibo que
contendrá la fecha y hora de su recepción y un sello
digital.
4.12 Cuando el patrón o sujeto obligado,
o el beneficiario de los servicios o trabajos, o en su
caso, el representante legal, acuda a la subdelegación,
deberá acreditar su personalidad, en los términos que
establece el artículo 19 del Código Fiscal de la
Federación.
4.13 En caso de no presentarse el patrón
o sujeto obligado, o el beneficiario de los servicios o
trabajos, o bien, su representante legal ante la
subdelegación dentro de los diez días hábiles
posteriores a aquel en que efectuó el pre-llenado, el
Instituto cancelará los registros electrónicos que hayan
generado, y en su caso, deberán iniciar el proceso.
4.14 Cuando un contrato esté suscrito por
más de un patrón o más de un beneficiario, deberá
presentarse la información relativa en un formato
distinto por cada patrón o beneficiario, según sea el
caso.
5. ASIGNACION DE LA CLAVE DE IDENTIFICACION
ELECTRONICA DE BENEFICIARIO
5.1 Los beneficiarios que no cuenten con
registro patronal, podrán obtener su clave de
identificación electrónica de beneficiario, previo
registro de su información en el portal del IMSS,
debiendo acudir por única ocasión a la subdelegación que
le designe el sistema, para recibir su clave de
identificación electrónica de beneficiario.
5.2 El beneficiario o su representante legal
deberá acreditar su personalidad para la asignación de
la clave de identificación electrónica de beneficiario,
en los términos que establece el artículo 19 del Código
Fiscal de la Federación.
5.3 EI Sistema de Identificación Electrónica de
Beneficiario generará la clave de identificación
electrónica de beneficiario y la Carta de Términos y
Condiciones para la Obtención y Uso de la clave de
identificación electrónica de beneficiario que deberá
ser firmada autógrafamente en dos tantos por el
beneficiario o su representante legal, cuando acuda a la
subdelegación en cumplimiento a la regla 5.1.
5.4 Para activar la clave de identificación
electrónica de beneficiario, eI beneficiario de los
servicios o trabajos o su representante legal ingresará
su contraseña a través del Sistema de Identificación
Electrónica de Beneficiario, consistente en una serie de
caracteres, no difundible, que servirá para validar su
entrada al sistema electrónico del Instituto.
5.5 En caso de no presentarse el beneficiario o
su representante legal ante la subdelegación dentro de
los diez días hábiles posteriores a haber efectuado el
registro, el Instituto cancelará los registros
electrónicos generados por el beneficiario o
representante legal quien, en su caso, deberá iniciar el
proceso.
5.6 El beneficiario de los servicios o trabajos
deberá comunicar a través del Portal del Instituto,
cualquier modificación de la información proporcionada
para su registro en el Sistema de Identificación
Electrónica de Beneficiario, dentro de los cinco días
hábiles posteriores a que ocurra dicha modificación. En
este supuesto, el Instituto asignará una nueva Clave de
Identificación Electrónica de Beneficiario.
5.7 El Instituto revocará la clave de
identificación electrónica de beneficiario, cuando
conozca que se ha efectuado alguna modificación en los
datos informados en la solicitud del beneficiario, sin
que éste se lo hubiese comunicado, o bien, que los datos
proporcionados son falsos.
5.8 El beneficiario de los servicios o trabajos
o su representante legal, podrán solicitar en cualquier
momento al Instituto la cancelación de la clave de
identificación electrónica de beneficiario.
El Instituto cancelará la clave de
identificación electrónica y generará el acuse de recibo
que confirme la operación.
6. SANCIONES
La presentación al Instituto de información
incorrecta, incompleta o falsa, no exime al patrón,
sujeto obligado o beneficiario de los servicios o
trabajos, del cumplimiento de las obligaciones a su
cargo, sin perjuicio de que se impongan las sanciones
que conforme a las disposiciones legales procedan.
ANEXO 1
“Información de los contratos a que se refiere el
quinto párrafo del artículo 15-A de la Ley del Seguro
Social (PS-1)”
(se presenta por separado)
|
Instituto Mexicano del Seguro Social |
Información de los contratos
a que se refiere el quinto párrafo del artículo
15-A
de la Ley del Seguro Social
( PS-1 ) |
Este formato consta de 4
secciones. Favor de llenarlo conforme a lo instruido en
la sección IV
|
Patrón o sujeto
obligado |
|
|
Beneficiario de
los servicios o trabajos contratados |
|
( 1 ) |
|
I. De las partes en el
contrato |
|
A. Del patrón o sujeto
obligado |
|
A.1 Nombre, denominación o razón social
( 2 ) |
A.2 Clase de persona moral
( 3 ) |
|
A.3 Objeto social:
( 4 ) |
|
A.4 Registro Federal de Contribuyentes ( 5 ) |
A.5
Registro patronal ( 6 ) |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
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|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
A.6 Domicilio fiscal ( 7
) |
|
Calle: |
Número y/o letra exterior: |
Número y/o letra interior: |
|
Entre la calle de: |
y la calle de: |
|
Colonia: |
Localidad: |
|
Municipio o delegación: |
Entidad federativa: |
Código Postal: |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
A.7 Domicilio social ( 8
) |
|
Calle: |
Número y/o letra exterior: |
Número y/o letra interior: |
|
Entre la calle de: |
y la calle de: |
|
Colonia: |
Localidad: |
|
Municipio o delegación: |
Entidad federativa: |
Código Postal: |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
A.8 Domicilio
convencional para efectos del contrato ( 9 ) |
|
Calle: |
Número y/o letra exterior: |
Número y/o letra interior: |
|
Entre la calle de: |
y la calle de: |
|
Colonia: |
Localidad: |
|
Municipio o delegación: |
Entidad federativa: |
Código Postal: |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
A.9 Datos del acta
constitutiva |
|
Número de la escritura pública
( 10 ) |
Fecha
( 11 ) |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Día |
|
Mes |
|
Año |
|
|
A.10 Nombre del representante legal del patrón o sujeto obligado:
( 12 ) |
|
A.11 Datos del notario
público |
|
Nombre
( 13 ) |
Notaría |
|
|
Número
( 14 ) |
Ciudad
( 15 ) |
|
A.12 Registro Público de
la Propiedad y el Comercio |
|
Sección, |
( 16 ) |
Fecha de
inscripción ( 17 ) |
|
Partida, |
|
|
Volumen y |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Foja o |
|
Día |
|
Mes |
|
Año |
|
|
Folio mercantil |
|
| |
|
|
|
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|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
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|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Instituto Mexicano del Seguro Social |
Información de los contratos
a que se refiere el quinto párrafo del artículo
15-A
de la Ley del Seguro Social
( PS-1 ) |
B. Del
beneficiario de los servicios o trabajos
contratados |
|
B.1
Nombre, denominación o razón social
( 18 ) |
B.2
Clase de persona moral
( 19 ) |
|
B.3
Objeto social:
( 20 ) |
|
B.4 Registro Federal de contribuyentes ( 21 ) |
B.5 Registro patronal ( 22 ) |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
B.6 Domicilio
fiscal ( 23 ) |
|
Calle:
|
Número y/o letra
exterior: |
Número y/o letra
interior: |
|
Entre la calle de: |
y la calle de: |
|
Colonia: |
Localidad: |
|
Municipio o
delegación: |
Entidad
federativa: |
Código Postal: |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
B.7 Domicilio
social ( 24 ) |
|
Calle:
|
Número y/o letra
exterior: |
Número y/o letra
interior: |
|
Entre la calle de: |
y la calle de: |
|
Colonia: |
Localidad: |
|
Municipio o
delegación: |
Entidad
federativa: |
Código Postal: |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
B.8 Domicilio
convencional para efectos del contrato ( 25 ) |
|
Calle:
|
Número y/o letra
exterior: |
Número y/o letra
interior: |
|
Entre la calle de: |
y la calle de: |
|
Colonia: |
Localidad: |
|
Municipio o
delegación: |
Entidad
federativa: |
Código Postal: |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
B.9 Datos del
acta constitutiva |
|
Número de la
escritura pública
( 26 ) |
Fecha (
27 ) |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Día |
|
Mes |
|
Año |
|
|
B.10
Nombre del representante legal del Beneficiario
de los servicios o trabajos contratados
( 28 ) |
|
B.11 Datos del
notario público |
|
Nombre
( 29 ) |
Notaría |
|
|
Número
( 30 ) |
Ciudad
( 31 ) |
|
B.12 Registro
Público de la Propiedad y el Comercio |
|
Sección,
|
( 32 ) |
Fecha de
inscripción (
33 ) |
|
Partida ,
|
|
|
Volumen
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Foja |
|
Día |
|
Mes |
|
Año |
|
|
Folio mercantil |
|
| |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Instituto Mexicano del Seguro Social |
Información de los contratos
a que se refiere el quinto párrafo del artículo
15-A
de la Ley del Seguro Social
( PS-1 ) |
II. Del
contrato |
|
C.1
Objeto
( 34 ) |
|
|
Fecha de inicio
( 35 ) |
Fecha de
conclusión ( 36 ) |
|
C.2
Periodo de vigencia |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Día |
|
Mes |
|
Año |
|
Día |
|
Mes |
|
Año |
|
|
C.3 Datos del
Personal |
|
No. |
Perfiles,
puestos o categorías |
Señalar el tipo
de personal: ( 39 ) |
Número estimado |
|
( 37 ) |
( 38 ) |
Operativo |
Administrativo |
Profesional |
mensual de personal (40) |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
| |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
* En caso de requerir la
inclusión de un mayor número de domicilios, se podrá
anexar el listado respectivo al formato
|
III. Datos
adicionales que proporciona el Patrón o Sujeto
Obligado |
|
|
D.1 Información
del beneficiario de los servicios o trabajos
contratados |
|
|
Monto estimado
mensual de la nómina
( 41 ) |
Señalar si el
beneficiario de los servicios o trabajos
contratados es responsable de: |
( 42 ) |
|
|
|
|
|
|
|
|
Dirección |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Supervisión |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Capacitación de
los trabajos |
|
|
|
|
|
|
|
|
D.2 Domicilios
donde se prestarán los servicios o se ejecutarán
los trabajos ( 43 ) |
|
|
Calle:
|
Número y/o letra
exterior: |
Número y/o letra
interior: |
|
|
Entre la calle de: |
y la calle de: |
|
|
Colonia: |
Localidad: |
|
|
Municipio o
delegación: |
Entidad
federativa: |
Código Postal: |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Calle:
|
Número y/o letra
exterior: |
Número y/o letra
interior: |
|
|
Entre la calle de: |
y la calle de: |
|
|
Colonia: |
Localidad: |
|
|
Municipio o
delegación: |
Entidad
federativa: |
Código Postal: |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
| |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
* En caso de requerir la
inclusión de un mayor número de domicilios, se podrá
anexar el listado respectivo al formato
|
Declaro bajo
protesta de decir verdad que los datos
contenidos en este formato son ciertos.
( 44 ) |
PARA USO
EXCLUSIVO DEL IMSS
Delegación del
IMSS
( 46 ) |
|
Nombre y Firma del
patrón o de su representante legal, quien
manifiesta bajo protesta de decir verdad que a
esta fecha no le ha sido revocado o modificado
el mandato. |
PARA USO
EXCLUSIVO DEL IMSS
Subdelegación del
IMSS
( 47 ) |
|
Lugar (
45 ) |
PARA USO
EXCLUSIVO DEL IMSS
Sello
( 48 ) |
|
Fecha |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Día |
|
Mes |
|
Año |
|
|
|
Instituto Mexicano del Seguro Social |
Información de los contratos
a que se refiere el quinto párrafo del artículo
15-A
de la Ley del Seguro Social
( PS-1 ) |
|
| |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
IV.
Instructivo de llenado |
|
No. |
Dato |
Anotar |
|
1 |
Patrón o sujeto
obligado/Beneficiario de los servicios o
trabajos contratados |
Marcar con una “X”
el recuadro que corresponda a la persona que
presenta el Formato. |
|
|
I. De las
partes en el contrato |
|
|
A. Del patrón o
sujeto obligado.
Este apartado debe
ser llenado por el prestador de servicios y el
beneficiario de éstos. |
|
2 |
A.1 Nombre,
denominación o razón social |
Nombre (s),
apellido paterno y materno del patrón o sujeto
obligado, si es persona física, o bien la
denominación o razón social si se trata de
persona moral, sin abreviaturas. |
|
3 |
A.2 Clase de
persona moral |
El tipo de persona
moral que corresponda (sociedades civiles,
mercantiles, sindicatos, asociaciones
profesionales, sociedades cooperativas,
mutualistas, asociaciones, fundaciones
temporales o perpetuas, entre otras). |
|
4 |
A.3 Objeto social
|
Giro mercantil o
actividad que realiza el patrón conforme a su
acta constitutiva. |
|
5 |
A.4 Registro
Federal de Contribuyentes |
Clave que emite el
Servicio de Administración Tributaria (SAT) (a
personas físicas en 13 posiciones y a personas
morales en 12 posiciones), del patrón o sujeto
obligado que presta el servicio. |
|
6 |
A.5 Registro
Patronal |
El número de
Registro Patronal asignado por el Instituto
Mexicano del Seguro Social. |
|
7 |
A.6 Domicilio
fiscal |
Corresponde al
domicilio registrado ante el Servicio de
Administración Tributaria (SAT). Anotar: calle,
avenida, calzada, boulevard; número exterior y/o
número interior; entre la calle de y la calle
de; el nombre de la colonia; localidad;
municipio o delegación; entidad federativa y
código postal. Sin abreviaturas. |
|
8 |
A.7 Domicilio
social |
Corresponde al
domicilio donde se halle establecida su
administración. Anotar: calle, avenida, calzada,
boulevard; número exterior y/o número interior;
entre la calle de y la calle de; el nombre de la
colonia; localidad; municipio o delegación;
entidad federativa y código postal. Sin
abreviaturas. |
|
9 |
A.8 Domicilio
convencional para efectos del contrato
|
Corresponde al
domicilio convencional establecido en el
contrato de prestación de servicios. Anotar:
calle, avenida, calzada, boulevard; número
exterior y/o número interior; entre la calle de
y la calle de; el nombre de la colonia;
localidad; municipio o delegación; entidad
federativa y código postal. Sin abreviaturas. |
|
|
A.9 Datos del
acta constitutiva |
|
10 |
Número de la
escritura constitutiva |
El número de la
escritura otorgada ante el notario público, del
patrón o sujeto obligado. |
|
11 |
Fecha |
Día, mes y año en
que se otorgó la escritura ante el Notario
Público. |
|
12
|
A.10
Nombre del representante legal del patrón o
sujeto obligado |
Nombre (s),
apellido paterno y materno del representante
legal del patrón o sujeto obligado. Sin
abreviaturas. |
|
|
A.11 Datos del
Notario Público |
|
13 |
Nombre |
Nombre (s),
apellido paterno y materno, del Notario Público
ante el que se otorgó el acta constitutiva. Sin
abreviaturas. |
|
14 |
Número |
El número asignado
al notario. |
|
15 |
Ciudad |
La entidad
federativa en donde se encuentra ubicada la
notaría. |
|
|
A.12 Registro
Público de la Propiedad y el Comercio |
|
16 |
Sección, Partida,
Volumen y Foja, o folio mercantil |
Señalar la
sección, partida, volumen y foja, o en su caso
el folio mercantil, asignado por la Dirección
General del Registro Público correspondiente a
la entidad federativa. |
|
Instituto Mexicano del Seguro Social |
Información de los contratos
a que se refiere el quinto párrafo del artículo
15-A
de la Ley del Seguro Social
( PS-1 ) |
|
No. |
Dato |
Anotar |
|
17 |
Fecha de
inscripción |
Día, mes y año de
inscripción en la Dirección General del Registro
Público correspondiente a la entidad federativa. |
|
|
B. Del
Beneficiario de los Servicios o Trabajos
Contratados.
Este apartado debe
ser llenado por el prestador de servicios y el
beneficiario de éstos. |
|
18 |
B.1 Nombre,
denominación o razón social |
Nombre(s),
apellido paterno y materno del representante
legal del beneficiario de los servicios o
trabajos contratados. Sin abreviaturas. |
|
19 |
B.2 Clase de
persona moral |
El tipo de persona
moral que corresponda (sociedades civiles,
mercantiles, sindicatos, asociaciones
profesionales, sociedades cooperativas,
mutualistas, asociaciones, fundaciones
temporales o perpetuas, entre otras). |
|
20 |
B.3 Objeto social
|
Giro mercantil o
actividad que realiza el patrón conforme a su
acta constitutiva. |
|
21 |
B.4 Registro
Federal de Contribuyentes |
Clave que emite el
Servicio de Administración Tributaria (SAT) (a
personas físicas en 13 posiciones y a personas
morales en 12 posiciones), del patrón o sujeto
obligado que presta el servicio. |
|
22 |
B.5 Registro
Patronal |
El número de
Registro Patronal asignado por el Instituto
Mexicano del Seguro Social. |
|
23 |
B.6 Domicilio
fiscal |
Corresponde al
domicilio registrado ante el Servicio de
Administración Tributaria (SAT). Anotar: calle,
avenida, calzada, boulevard; número exterior y/o
número interior; entre la calle de y la calle
de; el nombre de la colonia; localidad;
municipio o delegación; entidad federativa y
código postal. Sin abreviaturas. |
|
24 |
B.7 Domicilio
social |
Corresponde al
domicilio donde se halle establecida su
administración. Anotar: calle, avenida, calzada,
boulevard; número exterior y/o número interior;
entre la calle de y la calle de; el nombre de la
colonia; localidad; municipio o delegación;
entidad federativa y código postal. Sin
abreviaturas. |
|
25 |
B.8 Domicilio
convencional para efectos del contrato
|
Corresponde al
domicilio convencional establecido en el
contrato de prestación de servicios. Anotar:
calle, avenida, calzada, boulevard; número
exterior y/o número interior; entre la calle de
y la calle de; el nombre de la colonia;
localidad; municipio o delegación; entidad
federativa y código postal. Sin abreviaturas. |
|
|
B.9 Datos del
acta constitutiva |
|
26 |
Número de la
escritura constitutiva |
El número de la
escritura otorgada ante el notario público, del
Beneficiario de los servicios o trabajos
contratados. |
|
27 |
Fecha |
Día, mes y año en
que se otorgó la escritura ante el Notario
Público. |
|
28 |
B.10
Nombre del representante legal del Beneficiario
de los de los servicios o trabajos contratados |
Nombre (s),
apellido paterno y materno del representante
legal del beneficiario de los servicios o
trabajos contratados. Sin abreviaturas. |
|
|
B.11 Datos del
notario público |
|
29 |
Nombre |
Nombre (s),
apellido paterno y materno, del notario público
ante el que se otorgó el acta constitutiva. Sin
abreviaturas. |
|
30 |
Número |
El número asignado
al notario. |
|
31 |
Ciudad |
La Entidad
Federativa en donde se encuentra ubicada la
notaria. |
|
|
B.12 Registro
Público de la Propiedad y el Comercio |
|
32 |
Sección, Partida,
Volumen y Foja, o folio mercantil |
Señalar la
sección, partida, volumen y foja, o en su caso
el folio mercantil, asignado por la Dirección
General del Registro Público correspondiente a
la entidad federativa. |
|
33 |
Fecha de
inscripción |
Día, mes y año de
inscripción en la Dirección General del Registro
Público correspondiente a la Entidad Federativa. |
|
|
II. Del
Contrato.
Esta sección debe ser llenada por el prestador de servicios y el
beneficiario de éstos. |
|
34 |
C.1
Objeto |
Giro mercantil o
actividad que realiza el patrón conforme a su
acta constitutiva. |
|
|
C.2 Periodo de
vigencia |
|
Instituto Mexicano del Seguro Social |
Información de los contratos
a que se refiere el quinto párrafo del artículo
15-A
de la Ley del Seguro Social
( PS-1 ) |
|
No. |
Dato |
Anotar |
|
35 |
Fecha de inicio |
Día, mes y año de
inicio de la vigencia contrato. |
|
36 |
Fecha de
conclusión |
Día, mes y año en
que finaliza la vigencia del contrato.
|
|
|
C.3 Datos del
Personal |
|
37 |
No. |
El número
progresivo de acuerdo al personal contratado. |
|
38 |
Perfiles, puestos
o categorías |
Especificar el
cargo de acuerdo a la función que desempeña el
personal contratado. |
|
39 |
Señalar el tipo de
personal:
Operativo
Administrativo
Profesional |
Marcar con una “X”
el recuadro para señalar el tipo de personal
contratado. |
|
40 |
Número estimado mensual de
personal |
El número estimado
mensual de trabajadores u otros sujetos de
aseguramiento que se pondrán a disposición del
beneficiario de los servicios o trabajos
contratados. |
|
|
Nota: Los datos
requeridos del punto 1 al 46 deberán ser
proporcionados por ambas partes del contrato,
esto es el patrón o sujeto obligado que presta
el servicio y el beneficiario de éstos. Con
excepción de los puntos 41 a 43 que deberán ser
presentados sólo por el patrón o sujeto obligado
de manera transitoria hasta que se cuente con el
sistema de cómputo a que hace referencia el
Decreto del 9 de julio de 2009. |
|
|
III. Datos
adicionales que proporciona el patrón o sujeto
obligado.
Esta sección sólo
debe ser llenada por el patrón o sujeto
obligado. |
|
|
D.1 Información
del beneficiario de los servicios o trabajadores
contratados |
|
41 |
Monto estimado
mensual de la nómina |
El importe mensual
estimado que perciben los trabajadores. Este
rubro únicamente se deberá llenar hasta el 16 de
marzo de 2010. |
|
42 |
Señalar si el
beneficiario de los servicios o trabajadores
contratados es responsable de:
Dirección
Supervisión
Capacitación de
los trabajadores |
Marcar con una “X”
el o los recuadros para señalar si el
beneficiario de los servicios o trabajadores
contratados es responsable de ejercer las tres
funciones relacionadas. Este rubro será
llenado durante el plazo de 250 días en que el
Instituto debe autorizar el sistema de cómputo
que utilizará el patrón para cumplir con las
obligaciones correspondientes al sexto párrafo
del artículo 15-A de la Ley del Seguro Social. |
|
43 |
D.2
Domicilios donde se prestarán los servicios |
Anotar: calle,
avenida, calzada, boulevard; número exterior y/o
número interior; entre la calle de y la calle
de; el nombre de la colonia; localidad;
municipio o delegación; entidad federativa y
código postal. Sin abreviaturas. Este rubro
será llenado durante el plazo de 250 días en que
el Instituto debe autorizar el sistema de
cómputo que utilizará el patrón para cumplir con
las obligaciones correspondientes al sexto
párrafo del artículo 15-A de la Ley del Seguro
Social. |
|
44 |
Nombre y firma del
patrón o representante legal |
Nombre (s),
apellido paterno y materno y firma del patrón o
representante legal. |
|
45 |
Lugar y Fecha |
La ciudad o
localidad, día, mes y año de la elaboración del
documento. |
|
46 |
Delegación |
El nombre de la
Delegación que por su circunscripción
territorial resulta competente. |
|
47 |
Subdelegación |
El nombre de la
Subdelegación que por su circunscripción
territorial resulta competente. |
|
48 |
Sello |
El sello de
recepción de la Subdelegación que por su
circunscripción territorial resulta competente. |