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Acuerdo por el que se da a conocer que la recepción y resolución de las solicitudes de permisos para el uso de denominación para la constitución de sociedades mercantiles y los avisos de uso de los permisos otorgados podrán realizarse por medios electrónicos
DOF 04/08/2009 |
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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Relaciones Exteriores. PATRICIA ESPINOSA CANTELLANO, Secretaria de Relaciones Exteriores, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 12, 26 y 28 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, y 1, 3 y 7 del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores, y CONSIDERANDO Que el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, en el Eje 1, “Estado de Derecho y Seguridad”, Estrategia 10.3 denominada “Reducir los trámites burocráticos con la finalidad de abatir la discrecionalidad”, destaca como una de las prioridades del Gobierno Federal, ampliar los programas de simplificación administrativa y mejora regulatoria en toda la administración pública procurando que los cambios tengan un impacto directo en el combate a la discrecionalidad, la arbitrariedad o la corrupción en la gestión de trámites; Que en términos de lo dispuesto por el artículo 28, fracción V, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 33, fracciones IV y V del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores en vigor, corresponde a esta Dependencia, a través de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, otorgar los permisos para la constitución de sociedades mexicanas civiles o mercantiles y para el cambio de denominación o razón social, así como recibir y registrar los avisos a que se refiere el Reglamento de la Ley de Inversión Extranjera y del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras; Que el 9 de diciembre de 2008, las Secretarías de Relaciones Exteriores y de Economía, celebraron por conducto de sus titulares, unas Bases de Colaboración con el objeto de establecer los mecanismos de coordinación para diseñar e implementar un procedimiento que permita al ciudadano acceder a un solo portal electrónico, para realizar todos los trámites necesarios para la apertura y registro de una empresa; Que de conformidad con lo dispuesto en el “Acuerdo Interinstitucional por el que se establecen los Lineamientos para la homologación, implantación y uso de la firma electrónica avanzada en la Administración Pública Federal”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de agosto de 2006, todos los servidores públicos federales cuentan con un certificado digital de firma electrónica avanzada, y Que en términos de lo dispuesto por el artículo 35, fracción II de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, las notificaciones, citatorios, emplazamientos, requerimientos, solicitudes de informes o documentos y las resoluciones administrativas definitivas que recaigan a éstos, podrán realizarse, entre otros medios, a través de comunicación electrónica, con el objeto de prestar un servicio más eficiente y expedito para la constitución de empresas, es factible que los permisos para el uso de denominación para la constitución de sociedades mexicanas civiles o mercantiles y el aviso de uso del permiso que se gestionan ante la Dirección de Permisos Artículo 27 Constitucional de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Relaciones Exteriores puedan solicitarse y expedirse por medios electrónicos, he tenido a bien emitir el siguiente: ACUERDO PRIMERO.- La recepción y resolución de las solicitudes de permisos para el uso de denominación para la constitución de sociedades mercantiles y los avisos de uso de los permisos otorgados podrán realizarse por medios electrónicos, para lo cual el interesado deberá accesar al Portal de internet del Gobierno Federal denominado “TU EMPRESA” en la siguiente dirección: www.tuempresa.gob.mx. SEGUNDO.- Los trámites para la expedición de los permisos a que se refiere el Artículo 27 Constitucional que se realizaban en la Delegación Alvaro Obregón, se llevarán a cabo en la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Relaciones Exteriores, sita en Plaza Juárez número 20, planta baja, colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, código postal 06010, México, Distrito Federal. TRANSITORIOS PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. SEGUNDO.- Las solicitudes en materia de Permisos de Artículo 27 Constitucional que se encuentren pendientes en la Delegación Alvaro Obregón al entrar en vigor el presente Acuerdo, continuarán su trámite y serán resueltas por la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Relaciones Exteriores, sita en Plaza Juárez número 20, planta baja, colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, código postal 06010, México, Distrito Federal. Dado en México, Distrito Federal, a los veinte días del mes de julio de dos mil nueve.- La Secretaria de Relaciones Exteriores, Patricia Espinosa Cantellano.- Rúbrica.
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